INFORMACIÓN PARA CIUDADANOS MEXICANOS
4. CERTIFICADO A PETICIÓN DE PARTE
8. CERTIFICADO DE DATOS REGISTRALES
10. REGISTRO DE MEXICANOS EN RUMANIA
12. DENUNCIAS VIRTUALES DESDE EL EXTRANJERO
13. ASISTENCIA Y PROTECCIÓN CONSULAR
Los servicios de Registro Civil que pueden realizarse en el Consulado de México son los siguientes:
Los actos de registro civil son gratuitos, pero las copias certificadas de los mismos causan derechos ($13.00 USD por cada copia certificada).
El interesado debe estar domiciliado en Rumania. Los actos de registro civil que se realizan en esta oficina consular tienen plena validez en México, sin que requieran de legalización, ya que se trata de documentos expedidos por una autoridad federal mexicana.
Para que un acto de registro civil realizado ante la autoridad rumana tenga validez en México, la copia certificada del acta civil extranjera deberá ser apostillada –en Rumania—, traducida al español y quedar inscrita en el registro civil de la entidad federal correspondiente.
Requisitos:
I) Presentación del registrado y dos testigos mayores de edad.
II) Entregar comprobante de nacionalidad mexicana de uno o ambos padres, original y dos copias. Dicho comprobante puede ser:
Acta de nacimiento
Certificado de nacionalidad mexicana
Carta de naturalización mexicana
Pasaporte vigente
Declaratoria de nacionalidad mexicana
III) Presentar acta de nacimiento rumana (copia certificada) o constancia de alumbramiento original o copia certificada expedida por el hospital donde ocurrió el parto, y dos copias.
IV) Acreditar la filiación de los padres con la persona que se va a registrar, original y dos copias. La filiación se comprueba con:
A) Si los padres están casados:
• Acta de matrimonio de los progenitores;
B) Si los padres no están casados:
• Comparecencia del padre al registro.
V) Hacer cita previamente.
La copia certificada del acta de nacimiento causa derechos: $13.00 USD por cada ejemplar.
El registro de matrimonio en la Embajada procede únicamente cuando ambos contrayentes comprueban su nacionalidad mexicana.
De conformidad con los artículos 146 del CCF y el 44 fracción III de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (LSEM), el matrimonio se celebra ante el funcionario que la Ley establece y con las formalidades que la misma exige.
El registro de matrimonio celebrado en la Embajada tiene plena validez en territorio nacional, por lo que, una vez efectuado, no se requiere de inscripción alguna ante autoridad mexicana
Requisitos:
I) Ambos contrayentes serán de nacionalidad mexicana
II) Ser mayores de edad
III) Solicitud escrita y firmada por ambos contrayentes
IV) Presentar declaración de dos testigos mayores de edad que manifiesten conocer a los pretendientes y que les consta que no tengan impedimento legal para casarse
V) Presentar las capitulaciones matrimoniales
VI) Presentar certificado de salud, firmado por médico titulado
VII) Constancia de ratificación de firmas
VIII) (Cuando se trate de matrimonio entre menores de edad, consentimiento, por escrito, de las personas que ejerzan la patria potestad o la tutela)
IX) Si alguno de los contrayentes es viudo, copia certificada del acta de defunción del ex cónyuge fallecido
X) Si alguno de los pretendientes es divorciado, copia certificada del acta de divorcio o de la sentencia de divorcio ejecutoriada donde se contengan los puntos resolutivos de la misma; o, en su caso, de la nulidad de matrimonio.
XI) Hacer cita previamente
La copia certificada del acta de matrimonio causa derechos: $13.00 USD por cada documento.
El registro de defunción únicamente se asienta cuando el finado es de nacionalidad mexicana y fallece en Rumania. En el levantamiento del acta, los familiares podrán fungir como declarantes y como testigos a la vez.
Requisitos:
I) Copia certificada del acta de defunción expedida por la autoridad rumana competente
II) Acreditar la nacionalidad mexicana del difunto
III) Llenado de solicitud y declaración de los familiares del difunto o de dos testigos
IV) Hacer cita previamente
La copia certificada del acta de defunción causa derechos: $13.00 USD por cada documento.
Requisitos para nacionales mexicanos mayores de edad:
I) Comparecer personalmente
II) La oficina consular le proporcionará la solicitud correspondiente, que deberá entregar debidamente requisitada y firmada
III) Presentar 2 fotografías idénticas tamaño pasaporte (3.5 x 4.5 cm) que hayan sido tomadas menos de 30 días naturales antes; de frente, sin lentes y con la cabeza descubierta; fondo blanco
IV) Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación de, en original y dos fotocopias simples:
· Copia certificada del acta de nacimiento
V) Acreditar su identidad, presentando alguno de los siguientes documentos con fotografía:
a. Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral
b. Matrícula Consular de Alta Seguridad
c. Cartilla de identidad del Servicio Militar Nacional
d. Cédula profesional
e. Título profesional
f. Carta de pasante expedida por institución educativa acreditada ante la Secretaría de Educación Pública
g. Certificado de primaria o secundaria expedido por la Secretaría de Educación Pública
h. Certificado de nacionalidad mexicana
i. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
j. Carta de naturalización
k. Cédula de Identidad Ciudadana
l. Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, o su equivalente
m. Licencia de conducir mexicana
n. Documento extranjero de residencia
VI) Pago de derechos correspondiente
VII) Hacer cita previamente
Además de los requisitos arriba mencionados, para nacionales mexicanos menores de edad se necesita que:
I) Los padres o quienes ejerzan la patria potestad o
tutela del menor acreditarán su identidad (original y dos copias).
II) Acreditar la identidad del menor (original y dos copias), presentando alguno de los siguientes documentos con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que se acredita la nacionalidad:
a. Certificado escolar de educación primaria, secundaria o de bachillerato, o su equivalente, ya sea documento mexicano o extranjero
b. Constancia del grado de estudios que cursa el menor o credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico, otorgados por institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública de México o por el Ministerio de Educación rumano
c. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o de seguridad social, mexicana o extranjera
d. Cédula de Identidad Personal
e. Carta de Naturalización mexicana
f. Matrícula Consular de Alta Seguridad
g. Las diferentes versiones de pasaporte mexicano sin observaciones relativas a la identidad
h. Documentos extranjeros probatorios de identidad
i. A falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas, se podrá presentar a los menores que no hayan alcanzado los 7 años de edad al amparo de una constancia médica de alguna institución médica rumana, que incluya fotografía del menor y sello
III) Presentar el consentimiento de los padres, o quienes ejerzan la patria potestad, para que se emita pasaporte a favor del menor, mediante el llenado del formulario OP-7
La temporalidad de los pasaportes es:
• Vigencia de 1 año, en casos especiales y a menores que no hayan cumplido los 3 años de edad. Causa derechos de $32.00 USD. Lo emite la Sección Consular de la Embajada
• Vigencia de 3 años, para menores de más de 3 años de edad y mayores que ya hayan cumplido los 18 años. Causa derechos de $74.00 USD. Lo emite la Sección Consular de la Embajada
• Vigencia de 6 años, para menores de más de 3 años de edad y mayores que ya hayan cumplido los 18 años. Causa derechos de $101.00 USD. Lo emite la Secretaría de Relaciones Exteriores en la Ciudad de México, por lo que transcurre aproximadamente 1 mes entre el momento en que se presenta la solicitud en Bucarest hasta que el nuevo pasaporte se recibe en la Embajada
• Vigencia de 10 años, para mayores de edad. Causa derechos de $136.00 USD. Lo emite la Secretaría de Relaciones Exteriores en la Ciudad de México, por lo que transcurre aproximadamente 1 mes entre el momento en que se presenta la solicitud en Bucarest hasta que el nuevo pasaporte se recibe en la Embajada
3. MENAJE DE CASA ( MEXICANOS QUE REGRESAN A MÉXICO )
Para efectos aduaneros en franquicia, el reglamento de la materia considera como menaje de casa el constituido por mercancías usadas, que comprenden:
El ajuar y bienes muebles de una casa que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia (lo que no estipula un límite ni valor máximo) como ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas, así como las herramientas de obreros y artesanos, siempre que sean indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio, como pueden ser los instrumentos científicos de profesionistas; los instrumentos científicos y las herramientas que gozarán de dicha exención, no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres; se excluyen colecciones completas para la instalación de exposiciones comerciales o galerías de arte.
Requisitos:
1. Pasaporte vigente, original y 4 copias.
2. Demostrar que a la fecha de la solicitud se haya permanecido en Rumania más de 2 años, presentando original y 4 copias de los siguientes documentos:
a. Recibos de pago de salario (tres: uno de principios de año, uno intermedio y otro de alguno de los últimos meses del año) o carta del trabajo
b. Constancia escolar expresando periodo de tiempo cursado o carta de admisión de la escuela o universidad
c. Contrato de arrendamiento o de compra de casa-habitación
d. Recibos de luz, gas o teléfono o estados de cuenta bancarios a nombre del solicitante (tres: uno de principios de año, uno intermedio y otro de alguno de los últimos meses del año)
3. Presentar la lista de objetos que conforman el menaje de casa. La lista deberá ser por cuadruplicado, impresa a máquina y firmada por el interesado
4. Una vez que se le notifique que su documentación esté completa, el interesado deberá acudir a la Embajada para firmar el certificado de menaje de casa que elaborará la Sección Consular
5. Hacer cita previamente
6. Pago de derechos correspondiente: $95.00 USD
4. CERTIFICADOS A PETICIÓN DE PARTE
Certificado de leyes mexicanas:
Es un documento que se expide a solicitud del interesado para hacer constar una ley mexicana y la fecha en que entró en vigor o hasta cuándo estuvo vigente.
Requisitos:
• Comparecer personalmente
• Identificación del solicitante en original y copia
• Hacer cita previamente
• $62.00 USD
Certificado de leyes extranjeras:
Es un documento que se expide a solicitud del interesado para hacer constar una ley rumana y la fecha en que entró en vigor o hasta cuándo estuvo vigente.
Requisitos:
• Comparecer personalmente
• Identificación del solicitante original y copia
• Hacer cita previamente
• $62.00 USD
Para personas físicas:
Requisitos:
• Comparecer personalmente
• Completar solicitud (se obtiene en la Sección Consular de esta Embajada)
• Identificación oficial con fotografía, en original y copia.
• Perito traductor autorizado (en caso de extranjeros que no conozcan el idioma español)
• Hacer cita previamente
Una vez presentada la solicitud escrita, el poder se elabora en un máximo de cinco días hábiles.
Causa derechos:
• $115.00 USD.
Primer testimonio • $7.00 USD por hoja. Testimonio subsiguiente
6. APOSTILLA Y LEGALIZACIÓN DE FIRMAS
Con la Convención de La Haya por la que se suprime el requisito de legalización de documentos públicos extranjeros, adoptada el 5 de octubre de 1961 –mejor conocida como Convención de la Apostilla— los Estados contratantes eximen de legalización los documentos públicos que deban ser presentados en sus respectivos territorios, exigiendo como única formalidad la fijación de la “apostilla”.
NOTA: La Embajada NO/No está facultada para apostillar.
Para apostillar un documento mexicano deberá aplicarse el siguiente criterio:
• La Secretaría General de Gobierno de cada una de
las 31 entidades federales apostillará los documentos expedidos por el Estado
respectivo
• Los documentos federales serán apostillados por la Secretaría de Gobernación
en México DF
• La Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos apostillará los
documentos expedidos por alguna autoridad del Distrito Federal
Para este procedimiento se lleva a cabo la llamada “legalización en cadena”. Esta Embajada únicamente realiza legalización de firma a documentos emitidos por el Estado rumano que vayan a surtir efectos en algún país NO miembro de la Convención de la Haya sobre la Apostilla.
Requisitos:
• Contar con la legalización previa del Ministerio
de Asuntos Exteriores rumano en el documento a legalizar
• Hacer cita previamente
• Pago de derechos: $36.00 USD
Una vez que el documento cuente con la legalización de esta Embajada, éste deberá ser legalizado nuevamente en México (ya sea en la Dirección General de Servicio Exterior y de Recursos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores en México DF; en alguna Delegación Metropolitana de la SRE en el Distrito Federal; o en alguna Delegación Foránea de la SRE en el país). Finalmente, el documento en cuestión deberá ser legalizado por la Embajada o Consulado del país en donde éste deba surtir efecto.
NOTA: Para efectos de Aduana de México, “mascota” se refiere exclusivamente a perros y gatos.
El procedimiento para importar mascotas a México se realiza en las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuarias (OISA) ubicadas en aeropuertos internacionales, cruceros fronterizos y puertos marítimos internacionales:
1)
Revisión documental en la OISA
El interesado deberá presentar el Certificado Zoosanitario de Exportación (Certificado
de Salud) –en original y copia— emitido por la Autoridad Federal correspondiente
del país de donde llega la mascota.
Este certificado deberá ser expedido NO MÁS de 10 días antes de que se introduzca la mascota:
• Nombre y domicilio del exportador y del importador,
así como los datos de identificación de la mascota y destino final de la misma
• Vacuna contra la rabia, indicando fecha de aplicación y vigencia de la misma.
Quedan exentos de este requisito perros y gatos menores de tres meses de edad
• Que el animal fue sometido a un tratamiento preventivo contra parásitos
internos y externos dentro de los seis meses previos y que se encuentran libres
de parásitos externos
• Que a la inspección de la mascota, se encontró clínicamente sana
Si durante la verificación documental, en el certificado de salud no se señala alguno de los requisitos mencionado en los puntos anteriores, se podrá presentar la cartilla de vacunación (original y copia), donde se mencionen los requisitos faltantes, o bien contactar a un Médico Veterinario Zootecnista de su confianza que aplique los tratamientos faltantes. En este último caso, los costos que se generen correrán por cuenta del interesado.
2)
Inspección física de las mascotas en la OISA
Se verificará que la descripción física establecida en el Certificado de
Salud coincida con la mascota (sexo, raza, color), además de verificar el estado
de salud y que se encuentre libre de parásitos externos.
Si durante la inspección física se detecta que la mascota no está libre de parásitos externos, se requerirá que un Médico Veterinario Zootecnista particular aplique el tratamiento correspondiente, con cargo al importador.
3)
Expedición del Certificado Zoosanitario para Importación en la OISA
Una vez que se haya cumplido con los requisitos establecidos, el personal de
la OISA elaborará el Certificado Zoosanitario para Importación.
Si transporta una a dos mascotas, no requiere realizar pago alguno; si transporta tres o más, deberá realizar el pago $1,620.00 MN correspondiente al Certificado Zoosanitario para Importación, vía internet o ventanilla bancaria. En este caso, la autoridad de la Aduana ordenará el traslado de las mascotas al área de carga, donde deberá cumplir con la regulación nacional de importación comercial y realizar el trámite ante la OISA.
NOTAS ACLARATORIAS
El cumplimiento de los requisitos zoosanitarios señalados no exime al importador de presentar trámites y/o documentos requeridos por otras autoridades.
No se permite el ingreso de cama y materiales similares que acompañen a los animales, únicamente se permite el ingreso de la ración del alimento balanceado considerada para el día de arribo.
Para mayor información, en el puerto de entrada al país, personal de la OISA le orientará sobre el trámite.
Arribo al país sin documentos zoosanitarios
El o los
animales deberán permanecer en la Oficina de Inspección Sanitaria hasta que un
médico veterinario los revise y certifique su estado de salud y aplique la
vacuna antirrábica y el tratamiento preventivo parasiticida para continuar con
el trámite. Esto puede ocasionar contratiempos y costos que
deberá asumir el dueño de la mascota.
Importación de animales distintos a perros y gatos (reptil, ave canora y de ornato, hurón y tortuga)
El usuario deberá cumplir con requisitos especiales establecidos en la Hoja de Requisitos Zoosanitarios, que se expiden por escrito en las oficinas de las Delegaciones Estatales de la SAGARPA o en el módulo de atención de la Dirección General de Salud Animal ubicado en Av. Cuauhtémoc N° 1230, Col. Santa Cruz Atoyac, Del. Benito Juárez, 03310 México DF. El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas, Tel: +52 55 – 5905 1066 y 5905 1072 ó 01 800 987 9879.
Esta información se encuentra disponible en el sitio http://www.senasica.gob.mx/?id=623
Para mayor información, quejas o sugerencias acerca del Servicio de Inspección Fito zoosanitaria, favor de ponerse en contacto al correo electrónico contacto@senasica.gob.mx
Av.
Insurgentes Sur N° 489, PH 1
Col. Hipódromo Condesa
06100 México DF
Teléfono +52 55 - 3871 8349 ó 3871 8300, ext. 20349, correo: quejas@senasica.gob.mx
7. CERTIFICADO DE DATOS REGISTRALES (anteriormente “No Antecedentes Penales”)
La Embajada de México en Rumania NO está facultada para expedir el certificado de datos registrales, sin embargo se orienta y apoya al interesado para obtenerlo.
PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS:
Presentar original y dos fotocopias legibles de los siguientes documentos:
a) Pasaporte vigente y/o Credencial de elector (IFE)
b) Acta de nacimiento actualizada (2008)
c) Comprobante de domicilio en Rumania
d) Cartilla militar (indispensable en el caso de varones)
e) Documento migratorio forma migratoria FM-2 ó (en el caso de extranjeros) FM-3
Fotografías a color tamaño pasaporte: 4 de frente y 4 de perfil derecho, fondo blanco, con rostro y orejas al descubierto, sin retoque (sin maquillaje, aretes, lentes, barba, bigote, patillas y pelo sobre la cara) en la que se vea únicamente la cara.
En caso
de no contar con alguno de estos documentos, se deberá entregar directamente en
la PGR el original y 1 fotocopia de los mismos.
Documentos que le serán entregados:
• Carta dirigida al Director General de Procesos Penales Federales Procuraduría
General de la República
• Carta poder sencilla
• Compulsa de los documentos presentados
El interesado enviará dichos documentos directamente a la Ciudad de México, a fin de solicitar el trámite ante la Procuraduría General de la República (PGR).
Procedimiento a seguir en México DF:
Acudir a AV. INSURGENTES SUR 235, 4º PISO, ESQ. CON MONTERREY, COL. ROMA en horario de 9 a 15 horas y de 18 a 20 horas, de lunes a viernes con: Comprobante de pago ante Hacienda (se obtiene en papelerías). Pagar los derechos correspondientes (forma fiscal SAT-5, siglas PGR, clave 400115) en cualquier sucursal bancaria.
El tiempo de respuesta será de entre 10 a 15 días hábiles. Para cualquier información adicional puede comunicarse al teléfono: 5346 0000 ext. 8430 o por correo electrónico: aregistrales@pgr.gob.mx
Una vez obtenido el certificado, deberá apostillarse en la Subdirección de Formalización y Control de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río Amazonas N° 62, Col. Cuauhtémoc, con un costo aproximado de $499.00 pesos. La atención al público es de lunes a viernes de 9 a 13 horas; Tel. 5093 3200.
ESTA SECCIÓN CONSULAR NO ESTÁ FACULTADA PARA APOSTILLAR DOCUMENTOS
RUMANOS:
Los nacionales rumanos no requieren visa para ingresar a México en calidad de turista por un periodo de hasta 180 días. Se recomienda que, al arribo a México, se lleve a la mano documentación que compruebe la calidad de turista, como son:
• Boleto
de avión de ida y vuelta
• Reservación del hotel donde se hospedará durante su estancia en México
• Documentación que compruebe su solvencia económica para sufragar su estancia
en México
Nacionales rumanos que viajen a México con otro motivo que no sea el turismo deberán comunicarse a la Sección Consular de la Embajada en Bucarest para ver qué tipo de visa pudieran necesitar, acorde con la actividad que se realizaría en México.
OTRAS NACIONALIDADES:
Viajeros de cualquier nacionalidad que cuenten con visa vigente para Estados Unidos de América están exentos del requisito de visa de turista, siempre y cuando visiten México en calidad de turista. Turistas que no cuenten con visa estadounidense y que, por tanto, deban arribar a México procedentes de algún punto que no sea EUA, deberán contactar esta Sección Consular. Muchas nacionalidades no requieren visa, pero turistas de algunos países sí. Se necesita cumplir con lo siguiente:
•
Comparecer personalmente
• Completar la solicitud correspondiente
• Presentar pasaporte original y copia; la validez del pasaporte al momento de
internarse en México debe ser por más de 6 meses
• Permiso de residencia en Rumania (de ser el caso)
• Comprobar solvencia económica mediante 2 de los siguientes documentos:
a) Constancia de trabajo que especifique el sueldo mensual del solicitante
b) Estado de cuenta a nombre del interesado con fondos suficientes para sufragar
el viaje
c) Documento que acredite la propiedad de algún inmueble
• Boleto de avión ida y vuelta
• Hacer cita previamente
Cuando la documentación arriba mencionada sea satisfactoria y que la entrevista consular deje claro el motivo del viaje a México, la visa puede emitirse el mismo día –en algunos casos— o en un máximo de 10 días naturales.
9. REGISTRO DE MEXICANOS EN RUMANIA
Se
reitera a los connacionales mexicanos que arriben a Rumania -por cualquier
motivo- la conveniencia de estar registrados en la Sección Consular de la
Embajada y –en caso de ya estar registrados- la importancia de mantener este
Registro actualizado, notificando cualquier cambio o modificación a la
información proporcionada, tal como cambio de domicilio, estado civil,
nacimiento de hijos, cambio de giro profesional o retorno definitivo a México o
a otro país. De conformidad con la legislación en la materia, dicha información
es confidencial y los datos proporcionados no serán divulgados sin su
consentimiento. Agradecemos de antemano su cooperación
Mantener
informada a la representación diplomática sobre su residencia o estancia en este
país tiene una serie de ventajas para ambas partes, entre las que se encuentran
las siguientes:
• facilitar trámites administrativos, así como las gestiones de protección y
asistencia consular
que pudieren requerir el connacional
• poder notificar a sus familiares, tanto en México como en Rumania, en caso de
accidente o
causa de fuerza mayor
• permite la elaboración de estadísticas diversas
Para su inscripción en el Registro deben llenar el formato de registro y hacerlo llegar por la vía más conveniente, como puede ser visitando la Embajada personalmente, por correo electrónico ( consular@embamex.ro ) o vía fax (021 210 4713).
El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, tiene como prioridad establecer programas de Protección Preventiva que permitan a los mexicanos recibir la orientación necesaria para evitar que se vean afectados al viajar o en su estancia en cualquier país extranjero.
En el siguiente vínculo encontrará datos y consejos útiles que harán su arribo y estancia en Rumania más cómodos y seguros.
http://guiadelviajero.sre.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=411:152&catid=43
11. DENUNCIAS VIRTUALES DESDE EL EXTRANJERO
Denuncia desde el extranjero, de delitos cometidos en México.
A través del siguiente vínculo, favor de realizar una descripción de cómo y cuándo (fecha y hora) se llevaron a cabo los hechos delictivos que desee denunciar, indicando, de ser el caso, si hubo uso de armas:
http://www.pgr.gob.mx/Denuncia/Extranjero/denuncia.asp
Denuncia desde el extranjero, de delitos cometidos por mexicanos o contra mexicanos en el extranjero.
A través del siguiente vínculo, favor de realizar una descripción de cómo y cuándo (fecha y hora) se llevaron a cabo los hechos delictivos que desee denunciar, indicando, de ser el caso, si hubo uso de armas:
http://www.pgr.gob.mx/Denuncia/Extranjero/DenExt/denuncia.asp
ARRIBA
12. PROTECCIÓN
CONSULAR
Si eres mexicano, te encuentras en territorio rumano y tienes un caso de extrema urgencia, has sufrido un accidente, has sido detenido o te encuentras en alguna situación en la cual peligre tu vida, no dudes en llamar al siguiente número celular abierto las 24 horas del día:
0733 109 832
Persona de contacto:
Emmanuel A. Rubio, Encargado de Protección a Mexicanos en territorio rumano